Turismo de Brasil se beneficia con la alícuota del 6% del impuesto a la renta

Turismo de Brasil se beneficia con la alícuota del 6% del impuesto a la renta

por Magda Nassar, Presidente de Braztoa

El 21 de julio de 2016, las entidades del turismo de Brasil celebraron la oficialización de la alícuota del 6% del IRRF (Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente) sobre las remesas al exterior referentes a gastos con turismo, finalmente sancionada por la Presidencia de la República. Con validez hasta el 31 de diciembre de 2019, la Ley reemplaza a la legislación anterior, Ley 12.249/2010 (artículo 60).  

Fue una negociación de casi dos años en la cual, a mi lado, estuvieron los presidentes de ABAV Nacional, Edmar Bull, y de CLIA Abremar Brasil, Marco Ferraz. La nueva legislación satisface, momentáneamente, los anhelos del sector en la búsqueda del equilibrio de las condiciones de mercado. 

El trabajo conjunto cumplió integralmente una etapa. Hoy, la reducción del impuesto es una realidad gracias al trabajo serio y comprometido de nuestras entidades. A esta etapa le seguirán otras, como exención, bitributación, reglamentaciones, en fin, infinitas demandas del sector tan importantes como esta. Continuamos en nuestra lucha para que el sector sea preservado y reconocido como un gran generador de negocios.

 El decreto del presidente interino Michel Temer es de suma importancia, puesto que al reducir el tributo el mercado vuelve a ser competitivo, proporcionando ventajas que ningún otro canal ofrece.

Finalmente, destaco algunas informaciones importantes sobre el tema:

  • La tributación del IRRF (Impuesto a la Renta Retenido en la Fuente) sobre remesas para turismo ahora tiene regla general del 6% de incidencia para valores remitidos por personas físicas y jurídicas hasta el límite de R$20 mil al mes. Para valores superiores a este límite la alícuota es del 25%.
  • En el caso de agencias de turismo, no hay ningún límite para aplicación de la alícuota del 6%, con excepción de los paraísos fiscales.
  • Para los paraísos fiscales la alícuota es del 25%. Pero si la remesa fuera realizada por agencia de turismo la alícuota será del 6% con límite de R$10 mil por pasajero por mes.
  • Las agencias de turismo también deben demostrar la efectiva existencia operativa del beneficiario de la remesa situado en el paraíso fiscal.
  • El sector de servicios de agencias de viajes fue uno de los más perjudicados con el aumento del impuesto al comienzo de este año, ya que la ley recae sobre los brasileños residentes que necesitan pagar personas o empresas en el exterior, en el caso de las operadoras turísticas, sus proveedores y aliados distribuidos por todo el mundo.
  • Solamente las empresas registradas en el Cadastur del Ministerio de Turismo tienen acceso al impuesto reducido. El pago debe ser efectuado por instituciones con sede en Brasil.
  • Las remesas con fines educacionales, científicos o culturales permanecerán exentas de tasas, así como la cobertura de gastos médico-hospitalarios con tratamiento de salud en el exterior.

Sobre Magsa Nassar: Es la primera mujer que preside Braztoa desde su fundación en 1989. En mayo de 2015 asumió la Presidencia del Consejo de Administración, desde donde lidera relevantes proyectos para el turismo nacional, tanto institucionales como comerciales. Actualmente también es responsable por la Vicepresidencia de Marketing de Agaxtur.

Las opiniones expresadas en este artículo son las del autor y no necesariamente reflejan la posición de WTM Latin America.

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